La Dirección General de Aeronáutica Civil, según lo dispuesto en el Reglamento
de la Ley de Aviación Civil, ha establecido alturas máximas dentro del área
influencia del Aeropuerto Internacional “La Aurora”, a la cuales se deben ajustar
las estructuras y edificaciones afectas.
Las restricciones de altura aeronáutica inciden directamente en la altura máxima
que corresponde a las zonas generales. Éstas se encuentran representadas en el
Mapa POT por medio de polígonos que incluyen la altura máxima permitida.
Cuando la altura permitida de aeronáutica es menor al parámetro normativo de
altura de una zona general, la altura de aeronáutica prevalece sobre la altura del
POT.
Cuando la altura permitida de aeronáutica es mayor al parámetro normativo de
altura de una zona general, prevalece la altura del POT y no está indicado en el
mapa.