El uso del suelo se refiere a la actividad que se llevará a cabo dentro de un
inmueble. El POT contempla como principal clasificación del uso del suelo,
según las características propias de los predios en: natural, rural y urbano.
Los predios por su localización urbana pueden tener un uso del suelo
residencial, no residencial o mixto.
Cada una de las actividades condicionadas tiene asignado en las tablas de
parámetros normativos un procedimiento de aprobación de licencia municipal de
acuerdo al impacto que éstas tienen sobre su entorno.
Para saber qué actividades pueden desarrollarse dentro de un proyecto, o
bien, si se desea cambiar el uso actual, debe consultarse la tabla de parámetros
normativos correspondientes a la zona G asignada al predio, así como la tabla
de clasificación de usos del suelo primarios.
Para que el uso del suelo sea considerado como mixto se deberá cumplir con los
porcentajes mínimos de usos residenciales de cada zona general.