Capítulo III - Disposiciones procedimentales /
Artículo 31. Complemento posterior de un Plan Local de Ordenamiento Territorial con parámetros de diseño arquitectónicos

Cuando una delegación cuente con un Plan Local de Ordenamiento Territorial aprobado por el Concejo Municipal y se deseen incluir o modificar parámetros de diseño arquitectónicos, éstos podrán someterse a aprobación del Concejo Municipal como complemento al mismo, siguiendo el procedimiento que corresponda según la modalidad del plan que se trate. Todos los otros aspectos del plan suplementario ya existente deberán permanecer inalterados

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