Artículo 21. Requerimiento de formulación de un Plan Local de Ordenamiento Territorial
La formulación de un Plan Local de Ordenamiento Territorial se podrá requerir:
I.
En los casos de Planes Locales de Ordenamiento Territorial Municipales, únicamente por el Alcalde Municipal.
II.
En los casos de Planes Locales de Ordenamiento Territorial Plurales:
a)
Por solicitud expresa de los propietarios o poseedores legítimos de al menos diez por ciento (10%~) de la superficie total del suelo de la delegación o de al menos cincuenta (50~) inmuebles ubicados dentro de la delegación.
b)
Por solicitud expresa de otros interesados de al menos veinte por ciento (20%~) de la superficie total del suelo de la delegación o de al menos cien (100~) inmuebles ubicados dentro de la delegación.