Capítulo V - Disposiciones transitorias y finales /
Artículo 3. Modificaciones y adiciones

Las modificaciones al presente Reglamento y sus anexos, así como la adición de nuevos incentivos o nuevas prácticas incentivables serán aprobadas por el Concejo Municipal. Esto se hará con el fin de adecuar el régimen de incentivos a los objetivos de ordenamiento territorial y a la respuesta del mercado inmobiliario. Para el efecto, el Concejo Municipal podrá requerir la opinión técnica de la Dirección de Planificación Urbana.

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